Aclaración a la retención en la facturación de profesionales independientes.
Rendimientos de actividades profesionales, Novedad Real Decreto Ley 20/2012.
* Como medida transitoria se establece que la retención a aplicar en 2012 y 2013 será del 21%, entrando en vigor esta modificación el 1 de septiembre de 2012.
A partir del 1 de enero de 2014, la retención pasa a ser del 19%.
Por otro lado, para las nuevas altas la retención reducida que se aplica durante los dos primeros años pasará del 7 al 9% desde el 1 de Septiembre y no se contempla subida adicional durante 2012 y 2013
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